Ciudadanos defienden artículo 173 del Código Penal ante tribunal

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Ciudadanos y organizaciones defienden el Código Penal ante el Tribunal Constitucional

Más de 150 actores sociales rechazan una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 173 del nuevo Código Penal dominicano

Santo Domingo, 2 de junio de 2026 — Más de 150 ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil presentaron ante el Tribunal Constitucional de República Dominicana acciones de intervención voluntaria para defender el artículo 173 de la Ley núm. 74-25, que establece el nuevo Código Penal. Esta movilización responde a una acción directa de inconstitucionalidad que busca modificar mediante interpretación judicial la categoría de discriminación contemplada en dicho artículo.

Defensa del Código Penal y límites del Tribunal Constitucional

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comunidad de Lesbianas Inclusivas Dominicanas y Rosalba Karina Díaz Crisóstomo, quienes solicitaron al Tribunal Constitucional que se incluya la “orientación sexual” como criterio protegido contra la discriminación en el artículo 173 del Código Penal. Sin embargo, los intervinientes argumentan que esta solicitud excede las competencias del tribunal, ya que modificar el contenido de una ley corresponde exclusivamente al Congreso Nacional.

De acuerdo con el documento presentado, la inclusión de dicha categoría a través de una sentencia tendría efectos vinculantes para todos los órganos jurisdiccionales y administrativos del Estado, lo que alteraría la separación de poderes y la seguridad jurídica. Por ello, sostienen que la modificación debería realizarse por vía legislativa y no mediante interpretación judicial.

Apoyo de iglesias y organizaciones sociales

Entre las entidades que respaldan esta intervención destacan la Arquidiócesis de Santo Domingo, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE), la Alianza Evangélica Dominicana (AEDO), Pro-Nación, Juventud con una Misión (JUCUM), Grupo Acción Cristiana (GAC), Alianza Vitae, así como organizaciones como FOMUDEVI, RD Inclusiva y Fundación Valdez, además de un amplio grupo de ciudadanos.

Los intervinientes recordaron que la Constitución dominicana protege la dignidad humana, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia, religiosa y de expresión, así como el derecho al libre desarrollo de la personalidad sin distinción alguna. Señalaron también que ni la Constitución ni los tratados internacionales ratificados por el país —como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos— obligan a crear nuevas categorías penales mediante interpretación judicial.

Debate sobre la función jurisdiccional y principios constitucionales

Los ciudadanos y organizaciones enfatizaron que el debate no cuestiona la dignidad de las personas, sino que se centra en respetar los límites de la función jurisdiccional y preservar el equilibrio entre derechos fundamentales. Afirmaron que la acción de inconstitucionalidad pretende alterar el contenido normativo aprobado por el Congreso, afectando principios constitucionales como la separación de poderes, la reserva de ley en materia penal y el principio de legalidad.

Finalmente, expresaron confianza en que el Tribunal Constitucional tomará una decisión que garantice la supremacía constitucional, el Estado social y democrático de derecho, y la protección equilibrada de las libertades fundamentales.

Para más información sobre el marco legal dominicano y los derechos humanos, puede consultarse la página oficial del gobierno dominicano gob.do.


Este caso representa un importante debate jurídico y social sobre los límites del poder judicial y la protección de derechos en República Dominicana, cuya resolución tendrá repercusiones en el ámbito legislativo y constitucional del país.

Fuente de la imagen: https://deultimominuto.net/nacionales/ciudadanosorganizacionescodigo/

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