Ecuador debate cambios en la jornada laboral con nuevo acuerdo ministerial
El Acuerdo MDT-2026-046 plantea jornadas de hasta 12 horas bajo condiciones especiales, pero su vigencia genera controversia legal
El Ministerio del Trabajo de Ecuador presentó el Acuerdo Ministerial MDT-2026-046, que propone modificaciones en la jornada laboral, permitiendo horarios de hasta 10 y 12 horas diarias bajo esquemas especiales. Sin embargo, la vigencia del documento y su concordancia con la legislación vigente han desatado un debate jurídico y político en el país. El ministro Harold Burbano aclaró el 20 de febrero de 2026 que el acuerdo aún no está vigente debido a que no ha sido publicado oficialmente, aunque el texto señala que entra en vigor desde su firma.
Cambios clave en la jornada laboral
El acuerdo introduce reglas para la autorización y distribución de los horarios de trabajo, destacando:
- Autorización previa: Los turnos especiales o rotativos requieren aprobación del Ministerio del Trabajo.
- Jornadas extendidas: Se permiten hasta 12 horas diarias en casos especiales, compensadas con dos días libres por cada cinco trabajados.
- Flexibilidad semanal: Se puede trabajar hasta 10 horas diarias sin que se consideren horas extras, siempre que no se superen las 40 horas semanales.
- Pago de recargos: Si se exceden las 40 horas semanales o se trabaja en días de descanso obligatorio, deben pagarse horas suplementarias o extraordinarias.
- Formalización contractual: Las nuevas modalidades deben constar en el contrato o una adenda y registrarse en el sistema ministerial.
- Impulso al empleo joven: Las plazas derivadas de estos turnos deben gestionarse priorizando a jóvenes de 18 a 29 años a través de la plataforma “Encuentra Empleo”.
El acuerdo busca, según el ministro Burbano, promover una “jornada eficiente para el desarrollo” sin vulnerar derechos laborales, y forma parte de las discusiones en el Consejo Nacional de Trabajo y Empleo.
Controversias y opiniones expertas
Especialistas en derecho laboral han expresado inquietudes sobre la legalidad del acuerdo. Karina Flores, docente de la Universidad UIDE, señaló que la norma administrativa no puede modificar el artículo 47 del Código del Trabajo, que establece jornadas máximas de ocho horas diarias y 40 semanales. Según Flores, cualquier cambio debe hacerse a través de la Asamblea Nacional y podría ser impugnado en la Corte Constitucional si se altera el límite constitucional.
Además, el pago de horas extras debe ser en dinero y no sustituirse por tiempo compensatorio, conforme a la jurisprudencia vigente, algo que podría generar nuevas demandas si se incumple.
Vanessa Velásquez, experta en temas laborales, reconoció que el acuerdo tiene una intención positiva, pero advirtió que sin controles estrictos y registros verificables, los trabajadores podrían ser presionados para aceptar condiciones desfavorables.
Por su parte, el movimiento Unidad Popular rechazó el acuerdo y anunció que presentará una acción de inconstitucionalidad, defendiendo la jornada de ocho horas como una conquista histórica irrenunciable.
El futuro del Acuerdo Ministerial MDT-2026-046 dependerá de su publicación oficial, del avance del debate en el Consejo Nacional de Trabajo y de posibles acciones legales que definan su validez constitucional. Para más información sobre la normativa laboral en Ecuador, se puede consultar el sitio oficial del Ministerio del Trabajo.
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